Conoce los cambios más relevantes a la legislación fiscal. Vigentes a partir de 2020.
Buzón Tributario:
Es obligación de los contribuyentes darlo de alta.De no hacerlo, las notificaciones se podrán realizar por estrados e imponerse sanciones económicas.
Subcontratación laboral:
Los contribuyentes que adquieran servicios de personal, deberán retener y enterar el 6% de iva.
Arrendamiento:
Cuando un arrendador interponga un juicio para el pago de rentas vencidas, se requerirá la comprobación de la emisión de las facturas.
Contratación de personas con discapacidad y adultos mayores:
Al contratarlas el contribuyente puede deducir el 25% del salario pagado.
Plataformas digitales:
Las empresas que las operen deberán retener y enterar el ISR e IVA que corresponda.
Secreto fiscal:
No se reservará el nombre de:
— Cualquier persona que reciba recursos públicos.
— Las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores y no tramiten su constancia de cumplimiento.
— Los contribuyentes que hayan utilizado facturas de operaciones inexistentes.
IEPS:
Se actualizaron las cuotas aplicables a tabacos labrados y bebidas saborizadas.
Reducción de ISR para ejidatarios y comuneros:
Se otorga una reducción del 30% de ISR a las personas cuyos ingresos sean derivados de actividades del sector primario.
Restricción del Certificado de Sello Digital:
Se establece el derecho de audiencia para retirar la restricción temporal del CSD efectuada por el SAT para que el contribuyente opere hasta que la autoridad emita sus conclusiones.
Fuente: SAT